Funcionamiento de una
asociación
Las asociaciones de mayores,
deben estar compuestas por personas mayores de edad
Debe quedar reflejado el
domicilio de la asociación y el ámbito de actuación.
OBJETIVOS DE UNA ASOCIACIÓN DE
MAYORES
a.
Fomentar la
convivencia, integración, participación y solidaridad.
b.
Proponer, organizar y desarrollar actividades.
c.
Colaborar y participar en el funcionamiento del Club Municipal de personas Mayores.
d.
Realizar actuaciones cuyo fin sea mejorar
la calidad de vida
e.
Participar en la búsqueda de
soluciones a la problemática de las personas mayores.
f.
Superar la situación de marginación individual
o colectiva que se pueda dar dentro del colectivo de las personas mayores.
g.
La Junta Directiva, en su caso, La Asamblea General, tendrá plena
libertad para determinar las actividades de la
Asociación.
h.
Podrán beneficiarse todos
los socios/as de las actividades que se realicen en el nombre de la Asociación.
1. CARGOS
Y SUS ATRIBUCIONES
La Junta Directiva estará formada por un
mínimo de 4 miembros y un máximo de 8 miembros. Su duración será de un año,
pudiendo ser reelegidos.
Los miembros de la Junta Directiva serán elegidos
por los socios. Los socios que pretendas ser elegidos deberán presentar su
convocatoria con 24 horas de antelación a la celebración de la Asamblea.
En caso de quedar un puesto vacio, provisionalmente,
la Junta Directiva podrá elegir libremente a cualquier socio para cubrir el
puesto.
Ø
PRESIDENTE/A
·
Representa legal y públicamente a la asociación.
·
Convoca y preside las Asambleas Generales y las reuniones de
Representación de la asociación.
·
Cumple y hace cumplir los acuerdos adoptados por la asociación.
·
Propone el borrador de las actividades a realizar en la
asociación.
·
Impulsa, dirige y coordina el trabajo de la asociación.
·
Autoriza las actas y el resto de documentos de la asociación.
·
Ordena los pagos e ingresos de la asociación.
Ø
VICEPRESIDENTE/A
· Sustituir al
presidente/a en su ausencia.
· Hacer de presidente/a en
caso de renuncia de este al cargo, hasta
nuevas elecciones.
· Apoyar las labores de
ejecución del presidente/a
Ø
SECRETARIO/A
·
Levantar actas en las Asambleas y reuniones
·
Tramitar las solicitudes de altas y bajas de socios, llevar el
registro en el libro.
·
Redactar, junto al presidente /a la memoria anual de actividades.
·
Citar a los socios para las reuniones.
·
Expedir certificaciones.
Ø
TESORERO/A
·
Recaudar las cuotas de socios/as
·
Custodiar los fondos de la asociación.
·
Elaborar los presupuestos.
·
Realizar los pagos acordados por la asociación.
·
Custodiar los registros contables y los justificantes de pago.
·
Llevar al día el libro de cuentas.
Ø
VOCALES
·
Elaborar proyectos por encargo o con la aprobación del Órgano de
Representación.
·
Realizar los proyectos aprobados así como aquellas actividades que
les encargue el órgano de Representación.
2. CESE
DE LOS CARGOS
Los cargos pueden cesar antes de que termine el
plazo en los siguientes casos:
Ø
La baja como socio de la asociación.
Ø
Dimisión voluntaria que tiene que presentarse por escrito
explicando los motivos.
Ø
Enfermedad que imposibilite poder seguir ejerciendo el cargo.
Ø
Por muerte.
Ø
Por resolución judicial.
Ø
Por haber finalizado el período de mandato.
Ø
Por acuerdo de la Asamblea General.
Las
plazas que queden vacantes se cubrirán de la manera que se indique en los
estatutos.
En
cualquier caso, los ceses o nombramientos, deberán ser comunicados al Registro
de Asociaciones
3. SESIONES
MODALIDADES Y CONVOCATORIAS
La
Asamblea General de Socios, compuesta por todos sus socios, es el órgano
principal de la asociación.
Las
Asambleas podrán ser convocadas por el presidente de la asociación, la Junta
Directiva o por el acuerdo del 25% de los socios.
De
ser convocada por los socios deberá ir acompañada con el orden de la sesión, y
ser presentada ante el Secretario.
La
convocatoria debe ser comunicada con 5 días de antelación.
Ø
Sesión ordinaria
·
Es conveniente la realización de una sesión a principios de año
·
Se celebra tantas veces como sus socios decidan.
·
Es convocada por el Órgano de Representación a través del
presidente.
·
Lectura y aprobación del acta anterior.
·
Examen y aprobación de las Cuentas del ejercicio anterior.
·
Examen y aprobación de los Presupuestos del ejercicio.
·
Examen de la memoria de actividades.
·
Aprobación del Programa de Actividades.
Ø
Sesión extraordinaria
·
Suele celebrarse por convocatoria del Presidente y/o petición de
un número determinado de miembros. (En los estatutos debe determinarse el
número de miembros que se necesitan para pedir una convocatoria
extraordinaria.)
·
Modificación parcial o total de los estatutos.
·
Disolución de la Asociación.
·
Nombramiento de la Junta Directiva.
·
Disposición o Suspensión de bienes inmuebles o muebles.
·
Constitución o integración en una Federación de Asociaciones.
Las
asambleas tanto ordinarias como extraordinarias serán validas cuando estén presentes
la mayoría del número legal de los socios.
Los
acuerdos se aprobarán por mayoría simple, a excepción de algunos casos.
Ø
Convocatoria
·
Se recomienda convocar a todos los miembros por escrito mediante
una carta incluyendo lugar, día, hora y orden del día.
·
La convocatoria debe hacerse con 5 días de antelación, y deben
asistir un mínimo del 25% de los socios.
4. ACUERDOS
Y ACTAS
Los acuerdos se toman por mayoría de los votos de
los presentes en la proporción que determinen los estatutos.
Después de cada acuerdo, dejar constancia en el
libro de actas.
Ø
Deben contener:
·
Número
·
Nombre de los asistentes a la reunión
·
DNI de los asistentes a la reunión
·
Sus intervenciones sobre los puntos del orden del día
·
El resultado de las votaciones.
·
Los acuerdos adoptados
Son redactadas por el Secretario y las firman el
Presidente y el Secretario.
Se recomienda realizar una lectura del acta anterior
para que se apruebe o rectifique si hace falta lo establecido en la sesión
anterior al inicio de cada reunión.
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